jueves, 17 de julio de 2008

Una propuesta de congreso muy interesante sobre el nacimiento de la Prehistoria

Appel à communication - Colloque interdisciplinaire - 25-26 juin 2009
1859 Archéologues et géologues dans l’épaisseur du temps


Muséum national d'histoire naturelle, Département de préhistoire, UMR 5198 du CNRS
Université de Toulouse le Mirail, laboratoire TRACES, UMR 5608 du CNRS

L’année 1859 marque communément la « naissance » de la préhistoire en tant que science. De fait, c’est cette année-là, que les constatations réalisées in situ par les chercheurs français et britanniques dans les carrières de la moyenne terrasse de la Somme conduisent à valider les conclusions de Jacques Boucher de Perthes et l’hypothèse de la haute antiquité de l’homme.
Mais c’est également cette année-là qu’est publiée L’Origine des espèces de Charles Darwin, ouvrage qui va jouer un rôle déterminant dans la fondation intellectuelle de la préhistoire en Europe.
La question de l’ancienneté de l’homme va alors devenir indissociable de celle de son origine animale – c'est-à-dire de la question de l’évolution. Comment se produit cette fusion ? Quels en sont les acteurs, les enjeux, les tensions ? Quelles dynamiques nouvelles apparaissent ? L’année 1859 marque-t-elle l’apparition d’une préhistoire évolutionniste ? Telles sont certaines des interrogations que ce colloque se propose d’étudier en parcourant les voies empruntées par diverses disciplines – anthropologie, palethnologie, paléontologie, géologie… – et en explorant leurs recoupements, leurs antagonismes et leur devenir.

Trois approches complémentaires sont proposées, qui peuvent s’inscrire dans une perspective pluridisciplinaire (histoire et disciplines naturalistes) :
1/ En premier lieu, il conviendra de cerner le cadre historique et conceptuel dans lequel se place le débat sur l’antiquité de l’homme et sur son évolution, au tournant de l’année 1859. Les contributions pourront s’attacher à analyser les interactions entre les cadres théoriques et les disciplines installées ou émergentes qui prennent part au débat. De même, il serait pertinent de prendre en considération des démarches individuelles et collectives dont le rôle a été déterminant.
2/ Cette double dimension pourra par ailleurs être interrogée à travers la question de la réception du débat au sein de communautés académiques, intellectuelles ou confessionnelles. On s’attachera également à l’impact de celui-ci sur les pratiques et démarches scientifiques individuelles et collectives.
3/ Enfin, un regard réflexif pourra être porté sur l’année 1859, les lieux, les hommes et les institutions qui ont « fait » ces événements. On s’attachera ici aux représentations et à la place que tiennent aujourd’hui celles-ci dans les discours et les conceptions. Que ce soit sur le plan historique, archéologique, naturaliste, patrimonial (collections, gisements) ou épistémologique.

Les propositions de communication seront accompagnées d’un résumé de 2.000 signes au maximum (espaces compris). Elles sont à envoyer à hurel@mnhn.fr et noel.coye@culture.gouv.fr avant le 24 novembre 2008.

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martes, 8 de julio de 2008

INSCRIPCION SOCI@S




Condiciones generales:

1.- Todos los datos proporcionados por usted serán
de exclusivo uso interno de la S.E.H.A. En caso de rechazar su solicitud de admisión
serán destruidos.

2.- El envío del siguiente formulario no significa
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caso de ser aprobada, le será enviado un correo electrónico de aceptación de su
petición y una Solicitud de Inscripción formalizada. En cualquier caso, la pertenencia a
la S.E.H.A. no se hará efectiva hasta el pago de la cuota anual.

3.- Si no dispone de una dirección de correo
electrónico, le rogamos nos indique, en el apartado COMENTARIOS, una dirección postal a
la que escribirle.

4.- El apartado de "Líneas de investigación,
intereses en el campo de la Arqueología o comentarios" es fundamental para nosotros.
No dude en escribir todo aquello que juzgue oportuno poner en nuestro conocimiento y que
esté relacionado con el campo de la Arqueología.

5.- Le rogamos que previamente al envío de este
formulario lea atentamente nuestros "Estatutos" y el apartado "Información
General de la S.E.H.A."

6.- Es imprescindible rellenar todos los campos del
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(ver punto 3). En tal caso deje en blanco el apartado correspondiente.




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ESTATUTOS


CAPÍTULO I
DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO:
Artículo 1º.- Con la denominación Sociedad Española de Historia de la Arqueología se constituye una ASOCIACIÓN que se acoge a lo dispuesto en la Ley 191/64, de 24 de diciembre y normas complementarias del Decreto 1440/65, de 20 de mayo, careciendo de ánimo de lucro.
Artículo 2º.- La existencia de esta asociación tiene como fines la investigación metodológica, práctica científica, divulgación, docencia, y, en general, todo lo relacionado con la Historia de la Arqueología.
Artículo 3º.- Para el cumplimiento de estos fines se realizarán las siguientes actividades: celebración de reuniones periódicas de carácter científico, elaboración de boletines, difusión de los estudios de Historia de la Arqueología mediante Internet, y todas aquellas que le son propias a este tipo de asociaciones.
Artículo 4º.- La Asociación establece su domicilio social en el I.E.S. Juan Carlos I, C/ San Francisco s/n, 28350-Ciempozuelos, Madrid, y su ámbito territorial de actuación comprende el Estado español.
CAPÍTULO II
Artículo 5º.- La Asociación será dirigida y administrada por una Junta Directiva formada por: un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y tres vocales. Todos los cargos que componen la Junta Directiva serán gratuitos y serán designados por la Asamblea General Extraordinaria y su mandato tendrá una duración de dos años.
Artículo 6º.- La Junta Directiva se reunirá cuantas veces lo determine su presidente y a iniciativa o petición del 30% de sus miembros. Quedará constituida cuando asista la mitad más uno de sus miembros y para que sus acuerdos sean válidos deberán ser tomados por mayoría de votos. En caso de empate, el voto del Presidente será de calidad.
Artículo 7º.- Son facultades de la Junta Directiva:
  1. Dirigir las actividades sociales y llevar la gestión económica y administrativa de la Asociación, acordando realizar los oportunos contratos y actos.
  2. Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.
  3. Elaborar y someter a la aprobación de la Asamblea General los Presupuestos anuales y estado de cuentas.
  4. Elaborar el Reglamento de régimen interior que será aprobado por la Asamblea General.
  5. Resolver sobre la admisión de nuevos asociados.
  6. Nombrar delegados para alguna determinada actividad de la Asociación.
  7. Cualquiera otra facultad que no sea de exclusiva competencia de la Asamblea General de socios.
Artículo 8º.- El Presidente tendrá las siguientes atribuciones:
Representar legalmente a la Asociación ante toda clase de organismos públicos y privados; convocar, presidir y levantar las sesiones que celebre la Asamblea General y la Junta Directiva, dirigir las deliberaciones de una y otra; ordenar pagos y autorizar con su firma los documentos, actas y correspondencia; adoptar cualquier medida urgente que la buena marcha de la Asociación aconseje o en el desarrollo de sus actividades resulte necesaria o conveniente, sin perjuicio de dar cuenta posteriormente a la Junta Directiva.
Artículo 9º.- El Vicepresidente sustituirá al Presidente en ausencia de éste, motivada por enfermedad o cualquier otra causa, y tendrá las mismas atribuciones que él.
Artículo 10º.- El Secretario tendrá a su cargo la dirección de los trabajos puramente administrativos de la Asociación, expedirá certificaciones, llevará los ficheros y custodiará la documentación de la entidad, haciendo que se cursen a la Autoridad las comunicaciones sobre designación de Juntas Directivas, celebración de Asambleas y aprobación de los presupuestos y estado de cuentas.
Artículo 11º.- El Tesorero recaudará y custodiará los fondos pertenecientes a la Asociación y dará cumplimiento a las órdenes de paga que expida el Presidente.
Artículo 12º.- Los Vocales tendrán las obligaciones propias de su cargo como miembros de la Junta Directiva, y así como las que nazcan de las delegaciones o comisiones de trabajo que la propia Junta las encomiende.
Artículo 13º.- Las vacantes que se pudieran producir durante el mandato de cualquiera de los miembros de la Junta Directiva serán cubiertas provisionalmente entre dichos miembros hasta la elección definitiva por la Asamblea General Extraordinaria. Todos los cargos directivos serán completamente gratuitos.
CAPÍTULO III
ASAMBLEA GENERAL
Artículo 14º.- La Asamblea General es el órgano supremo de la Asociación y estará compuesta por todos los socios.
Artículo 15º.- Las reuniones de la Asamblea General serán ordinarias y extraordinarias. La ordinaria se celebrará una vez al año en verano; las extraordinarias se celebrarán cuando las circunstancias lo aconsejen, a juicio del Presidente, cuando la Directiva lo acuerde o cuando lo proponga por escrito un 30% de los asociados con expresión concreta de los asuntos a tratar.
Artículo 16º.- Las convocatorias de las Asambleas Generales, serán ordinarias o extraordinarias, serán hechas por escrito expresando el lugar, día y hora de la reunión, así como el orden del día. Entre la convocatoria y el día señalado para la celebración de la Asamblea en primera convocatoria habrán de mediar al menos diez días, pudiendo asimismo hacerse constar si procediera la fecha en que se reunirá la Asamblea en segunda convocatoria, sin que entre una y otra pueda mediar un plazo inferior a una hora.
Artículo 17º.- Las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarán válidamente constituidas en primera convocatoria cuando concurran a ella la mayoría de los asociados con derecho a voto, y en segunda convocatoria cualquiera que sea el número de asociados con derecho a voto. Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de votos de los asistentes cuando se trate de asamblea ordinaria y por mayoría de 2/3 cuando se trate de asamblea extraordinaria.
Artículo 18º.- Son facultades de la Asamblea General Ordinaria:
  1. Aprobar, en su caso, la gestión de la Junta Directiva.
  2. Examinar y aprobar el estado de cuentas.
  3. Aprobar o rechazar las propuestas de la Junta Directiva en orden a las actividades de la Asociación.
  4. Fijar cuotas ordinarias o extraordinarias.
  5. Cualquiera otra que no sea de la competencia exclusiva de la Asamblea Extraordinaria.
Artículo 19º.- Corresponde a la Asamblea General Extraordinaria:
  1. Nombramiento de los miembros de la Junta Directiva.
  2. Modificación de Estatutos.
  3. Disolución de la Asociación.
  4. Disposición y enajenación de bienes.
  5. Expulsión de socios, a propuesta de la Junta Directiva.
  6. Constitución de Federaciones o integración en ellas.
  7. Solicitud de declaración de utilidad pública.
CAPÍTULO IV
SOCIOS
Artículo 20º.- Podrán pertenecer a la Asociación aquellas personas mayores de edad y con capacidad de obrar que tengan interés en el desarrollo de los fines de la Asociación. Aparte de los requisitos anteriormente expuestos para pertenecer a la Asociación se requerirá:
  1. Ser presentado por dos socios.
  2. Ser aprobado su ingreso por la Junta Directiva.
Artículo 21º.- Dentro de la Asociación existirán las siguientes clases de socios:
  1. Socios fundadores, que serán aquéllos que participen en el acto de constitución de la Asociación.
  2. Socios de número, que serán los que ingresen después de la constitución de la Asociación.
  3. Socios de honor, los que por su prestigio o por haber contribuido de modo relevante a la dignificación y desarrollo de la Asociación, se hagan acreedores a tal distinción. El nombramiento de los socios de honor corresponderá a la Asamblea General.
Artículo 22º.- Los socios causarán baja por alguna de las causas siguientes:
  1. Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la Junta Directiva.
  2. Por incumplimiento de sus obligaciones económicas, si dejara de satisfacer dos cuotas periódicas.
  3. Por conducta incorrecta, por desprestigiar a la Asociación con hechos o palabras que perturben gravemente los actos organizados por la misma y la normal convivencia entre los asociados.
Artículo 23º.- Los socios de número y fundadores tendrán los siguientes derechos:
  1. Tomar parte en cuantas actividades organice la Asociación en cumplimiento de sus fines.
  2. Disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la Asociación pueda obtener.
  3. Participar en las Asambleas con voz y voto.
  4. Ser electores y elegibles para los cargos directivos.
  5. Recibir información sobre los acuerdos adoptados por los órganos de la Asociación.
  6. Hacer sugerencias a los miembros de la Junta Directiva en orden al mejor cumplimiento de los fines de la Asociación.
Artículo 24º.- Los socios fundadores y de número tendrán las siguientes obligaciones:
  1. Cumplir los presentes Estatutos y los acuerdos válidos de las Asambleas y la Junta Directiva.
  2. Abonar las cuotas que se fijen.
  3. Asistir a las Asambleas y demás actos que se organicen.
  4. Desempeñar, en su caso, las obligaciones inherentes al cargo que ocupen.
  5. Contribuir con su comportamiento al buen nombre y prestigio de la Asociación.
Artículo 25º.- Los socios de honor tendrán las mismas obligaciones que los fundadores y de número, a excepción de las previstas en el apartado b), c) y d) del Artículo 24. Asimismo, tendrán los mismos derechos, a excepción de los referidos en los apartados c) y d) del Artículo 23. A las asambleas podrán asistir con voz, pero sin voto.
CAPÍTULO V
RECURSOS ECONÓMICOS
Artículo 26º.- Los recursos económicos previstos para el desarrollo de los fines y actividades de la Asociación serán los siguientes:
  1. Las cuotas de entrada, periódicas o extraordinarias.
  2. Las subvenciones, legados o herencias que pudiera recibir de forma legal por parte de los asociados o de terceras personas.
  3. Cualquier otro recurso lícito.
Artículo 27º.- El límite del presupuesto anual se estima en la cantidad de 499.000 ptas. La Asociación carece de Patrimonio Fundacional.
CAPÍTULO VI
DISOLUCIÓN
Artículo 28º.- La Asociación no podrá disolverse mientras haya cinco socios que deseen continuar.
Artículo 29º.- En caso de disolución, se nombrará una comisión liquidadora la cual, una vez extinguidas las deudas, y si existiese sobrante líquido, lo destinará para fines benéficos.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
En todo cuanto no esté previsto en los presentes Estatutos se aplicará la Ley de Asociaciones de 24 de diciembre de 1964 y disposiciones complementarias.

INFORMACION GENERAL

En el segundo semestre de 1997, un grupo de investigadores y entusiastas atraídos por la Historia de la Arqueología consideramos que había llegado el momento de fundar una Sociedad, sin ánimo de lucro, que sirviera para canalizar e impulsar los estudios sobre la Historia de la Arqueología, especialmente ahora en que se dan dos circunstancias favorables: El auge y desarrollo que ha adquirido la Historia de las Ciencias y de las Técnicas, y la madurez que ha alcanzado la Arqueología en este último cuarto de siglo. De esta forma, nació la Sociedad Española de la Historia de la Arqueología, abierta a todos aquellos interesados en los fines de esta Sociedad.

Entre los objetivos que nos propusimos figuraba la elaboración de estudios sistemáticos de la Historia de la Arqueología, así como todas aquellas investigaciones que hoy día se asocian a ella (Filosofía de la Arqueología, Arqueología y Literatura, Archivística y Documentación Arqueológica, etc.).
Dentro de las actividades llevadas a cabo por la Sociedad destacan las siguientes:

1.- Difusión de la Historia de la Arqueología
    Anualmente la Sociedad organiza ciclos de conferencias que intentan difundir los estudios historiográficos entre los especialistas y el gran público. Hasta el momento se han organizado dos ciclos de conferencias durante el año 1999 y 2000 que han repasado toda la Historia de la Arqueología desde sus inicios (Edad Antigua y Media) hasta el presente siglo XX. En ellos han participado los máximos especialistas nacionales y en la Organización de los mismos han colaborado la Universidad Nacional de Educación a Distancia y La Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Minas.
    Consideramos otro de los fines de la S.E.H.A. la difusión de la Arqueología en la Educación Infantil y Secundaria para una mejor comprensión de nuestra disciplina entre los escolares. De esta forma, hemos llevado a cabo diversos ciclos de conferencias de "Introducción a la Arqueología" dirigidos a profesores y a los propios alumnos de colegios e Institutos públicos nacionales.
2.- Publicaciones
    La S.E.H.A. edita anualmente la revista científica ARCHAIA (gratuita para nuestros socios), única publicación en España dedicada íntegramente a la Historia de la Arqueología. En ella tienen cabida artículos de fondo, recensiones bibliográficas, noticias de interés, etc. Para su elaboración existe un comité científico encargado de determinar los artículos que compondrán cada uno de sus números.
    Para la difusión entre sus socios, la S.E.H.A. edita cada tres o cuatro meses el boletín interno GAZSEHA. En él aparecen artículos referentes a la Historia de la Arqueología, noticias internas de la Sociedad, consultas, cursos y exposiciones, novedades bibliográficas, efemérides y toda aquella noticia que merezca la pena su difusión.
    La S.E.H.A. dispone de una publicación electrónica denominada igualmente GAZSEHA. Se trata de la única página de Internet, que conozcamos, dedicada específicamente a la Historia de la Arqueología. La actualización de sus contenidos es mensual. En dicha dirección se pueden encontrar:
* Noticias internas de la Sociedad y cursos organizados.
* Noticias específicas de Historia de la Arqueología.
* Cursos, congresos, exposiciones y una selección de artículos de prensa cuya temática es siempre arqueológica.
* Becas, ofertas de empleo y concursos relacionados con la Arqueología.
* Enlaces a otras páginas de interés arqueológico.
* Artículos de interés historiográfico y crítica de libros.
* Una base de datos, en constante crecimiento, que recoge las publicaciones que vayan apareciendo cuya temática sea exclusivamente historiográfica.
* Excursiones organizadas por la S.E.H.A. con un resumen de cada una de ellas.
* Hemos elaborado también un sistema de búsqueda bibliográfica de todos aquellos fondos difíciles de encontrar por su antigüedad. La Sociedad se encarga de su búsqueda, compra o fotocopia según las preferencias del solicitante. Existen importantes descuentos para nuestros Socios.
    Relacionado con el anterior punto, todos nuestros socios, que dispongan de correo electrónico, reciben mensualmente la publicación electrónica NOVEDADES GAZSEHA. En ella se especifican todas las modificaciones efectuadas en la página de Internet.
3.- Excursiones y exposiciones
    La S.E.H.A. organiza periódicamente excursiones de uno o varios días a distintos yacimientos nacionales con el fin de conocer mejor nuestro patrimonio arqueológico. Todas las visitas están dirigidas por especialistas en cada uno de los temas a tratar.
    Igualmente se realizan visitan a Museos y/o exposiciones temporales cuya temática esté relacionada con los fines de la Sociedad. Las explicaciones de las mismas corren, como en el punto anterior, a cargo de especialistas en la materia.

4.- Biblioteca
    La S.E.H.A. dispone de una pequeña biblioteca, en su sede social, especializada en historiografía arqueológica que está a disposición de todos sus socios.


5.- Cuota de Socio:
    Para el año 2011 se ha fijado una cuota anual de euros. para el socio ordinario y de 20 euros para socios de Hispanoamérica, estudiantes y socios en paro.

Sociedad Española de Historia de la Arqueología (S.E.H.A.)
I.E.S. Juan Carlos I
C/San Francisco, s/n
28350 Ciempozuelos (Madrid)
Telf.: 655486092
Fax: 91-8933080
Correo electrónico: seharq@gmail.com